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Artículo 1

Decreto 2933 de 2003 · por el cual se delega en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en nombre de la Nación un contrato de empréstito externo.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar, en nombre de la Nación, el Contrato de Préstamo denominado «Préstamo Sectorial de Reforma de Salud y Seguridad Social» con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, por la suma de cuatrocientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$400.000.000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2933 de 2003