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Artículo 90

En Los Casos De Empate De Una Votación, La Discusión Del Proyecto O Proposición Que Considere El Consejo Y Si Por Segunda Vez Resultare Empatada Se Tendrá Por Rechazado El Proyecto O Proposición

Decreto 466 de 1964 · Por el cual se aprueba, con modificaciones y adiciones, el Acuerdo número 1 de 1963 (enero 30), del Consejo Intendencial de Arauca, sobre reglamento para el funcionamiento interno del Consejo

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los casos de empate de una votación, la discusión del proyecto o proposición que considere el Consejo y si por segunda vez resultare empatada se tendrá por rechazado el proyecto o proposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 466 de 1964