Los Oficiales Generales y Ofíciales de Insignia en retiro, podrán usar el uniforme militar en las fiestas patrias y en las fiestas sociales en que se exija traje de etiqueta.
El Ministro de Guerra podrá permitir el uso de uniforme militar en determinadas ocasiones al personal de Oficiales en uso de retiro.
El uso de uniforme militar da derecho a los honores correspondientes, pero no implica que se pueda ejercer mando.