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Artículo 39

Decreto 359 de 1995 · por el cual se reglamenta la Ley 179 de 1994.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Subsecretaría Jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del órgano público correspondiente, podrá hasta el 31 de diciembre de 1995, prestar la asesoría necesaria para el trámite correspondiente al pago de los créditos judicialmente reconocidos, conciliaciones y laudos arbitrales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 359 de 1995