Artículo único. Auméntase un Guardián en la Cárcel del Circuito del Espinal (T ), y nómbrase para ocupar el puesto a Juan Ramírez Toro. El Guardián que por el presente Decreto se aumenta, se tomará de los indicados en el
del artículo 210, capítulo 13, del Presupuesto y Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso. Comuníquese y publíquese.