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Artículo 13

La Estructura Interna Del Instituto Será Determinada Por La Junta Directiva, Debiendo Ajustar Su Nomenclatura A Las Siguientes Normas: 1

Decreto 1473 de 1990 · por el cual se reorganiza el Instituto Nacional de Salud.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La estructura interna del Instituto será determinada por la Junta Directiva, debiendo ajustar su nomenclatura a las siguientes normas

1.

Las unidades de nivel directivo se denominarán subdirecciones y Secretaría General.

2.

Las unidades que cumplan funciones de asesoría o coordinación, se denominarán Oficinas o Comités, y Consejos cuando incluyan personas ajenas a la entidad.

3.

Las unidades operativas, incluidas las que atienden los servicios administrativos internos, se denominarán Divisiones, Secciones y Grupos.

4.

Las unidades que se creen para el estudio o decisión de asuntos especiales se denominarán Comisiones o Juntas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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