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Artículo 69

Ley 32 de 1886 · Sobre propiedad literaria y artística

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 69. Si no apareciere el autor de la defraudación, serán responsables sucesivamente el editor, el impresor y el expendedor, salvo prueba en contrario de haber obrado sin malicia, sorprendidos o engañados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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