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Artículo 7

Resolucion 100-002561 de 2020 · Por medio de la cual se adicionan unas funciones a los grupos internos de trabajo de la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia y las Intendencias Regionales de la Superintendencia de Sociedades en virtud del Decreto Ley 560 de 15 de abril 2020. EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de sus atribuciones legales, reglamentarias, y en especial las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Grupo de Acuerdos de Insolvencia en Ejecución. En adición a las funciones asignadas en la Resolución 100-001106 de 2020, el Grupo de Acuerdos de Insolvencia en Ejecución, ejercerá las siguientes funciones: 7.1 Conocer como juez, de los trámites de Negociación de Emergencia de Acuerdos de Reorganización y de los Procedimientos de Recuperación Empresarial de Acuerdos de Reorganización de deudores Categoría B y C, en la etapa de ejecución, desde el momento en que el Coordinador del Grupo correspondiente le informe sobre la confirmación o validación del acuerdo de reorganización, hasta su finalización, ya sea por cumplimiento o incumplimiento. 7.2 Las demás que sean necesarias para cumplir con las funciones legalmente asignadas a la Superintendencia de Sociedades en el Decreto 560 de 15 de abril de 2020, de los trámites y procesos de su competencia de deudores de categoría B y C.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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