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Artículo 9

Decreto 3134 De 1956

Decreto 1055 de 1954 · Por el cual se reglamentan los artículos 3° y siguientes del Decreto extraordinario número 124 del año en curso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo noveno. La suma de ciento cincuenta pesos ($ 150.00) que el candidato a examen debe consignar en la respectiva Dirección de Higiene o de Salud Pública Departamental, con destino a honorarios de los examinadores, será distribuida así: Cuarenta y cinco pesos ($45.00), para cada uno de los miembros de la Junta y quince pesos ($15.00) para el Secretario. En esta cantidad, se entienden incorporados los viáticos de las Juntas y su Secretarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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