JurídicoESEN

Artículo 19

Decreto 224 de 1889 · Por el cual se reglamenta la Ley 111 de 1888, orgánica de la Hacienda nacional en los Departamentos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 19. Todas las oficinas de hacienda, Telégrafos y Correos remitirán con sus cuentas mensuales á la Oficina inmediata superior los saldos de en dinero que queden á su cargo el ultimo de cada mes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 224 de 1889