°. Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Social del Estado Antonio Nariño en Liquidación, establecido en el artículo 1° del Decreto 3870 de 2008, prorrogado por los artículos 1° de los Decretos 3671, 4487, 4814 de 2010, y 969 de 2011, hasta el día treinta (30) de septiembre de 2011.
En el evento que los procesos que sustentan la prórroga establecida en este artículo, puedan concluirse antes del término señalado, el Liquidador procederá al cierre inmediato de la liquidación.