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Artículo 32

Los Telegrafistas Podrán Dirigir Telegramas Concisos Relacionados Con El Servicio Y Sobre Salida Y Llegada De Vapores E Hidroaviones, Con La Lista De Pasajeros

Decreto 896 de 1924 · Por el cual se reglamenta la franquicia telegráfica

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los telegrafistas podrán dirigir telegramas concisos relacionados con el servicio y sobre salida y llegada de vapores e hidroaviones, con la lista de pasajeros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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