Los Municipios venderán las viviendas que construyan bajo el presente plan, a los obreros y empleados que reúnan las condicionas siguientes
Que no devenguen sueldo o jornal mayor de $ 100 mensuales, o de $ 160 cuando tengan dos o más hijos menores a su cargo;
Que no tengan un patrimonio mayor de $ 2.000; y
Que sean colombianos de nacimiento. En igualdad de condiciones, los Municipios darán preferencia a las familias que tengan un mayor número de hijos menores.