º Modificar el literal d) del Decreto número 1038 del 24 de mayo de 1988, el cual quedará así: «Literal d) Para la construcción y funcionamiento de la Terminal sur de Transporte, la Central de Diagnóstico del Tránsito Municipal, los Talleres de Obras Públicas Municipales, se destinará un área que se determinará previamente entre el Municipio de Medellín y el Fondo de Inmuebles Nacionales.
No obstante la destinación anterior, se autoriza al Municipio de Medellín, previo acuerdo con el Fondo de Inmuebles Nacionales, ampliar así mismo esta área a otros usos que propendan al desarrollo del Area Metropolitana de Medellín, de conformidad con las reglamentaciones sobre zonificación de usos de suelo, que para el efecto expida la Junta del Area Metropolitana del Valle de Aburrá, en ejercicio de las facultades otorgadas por el Decreto-ley 1333 de 1986.