JurídicoESEN

Artículo 3

, Para Gastos Del Personal Del Tribunal, En Esta Forma: Casanare………………

Decreto 185112151 de 1851 · Distribuyendo entre las provincias los gastos de personal de los Tribunales de distrito.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Las provincias que componen el distrito judicial de Oriente, contribuirán anualmente con la suma espresada en el artículo 1.°, para gastos del personal del Tribunal, en esta forma: Casanare………………. 5,450. Tundama…………….. 40,750.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 185112151 de 1851