º El certificado de idoneidad y el permiso de prestación de servicios con sus Anexos I y II, serán otorgados mediante resolución motivada expedida por la Dirección General del Intra, de conformidad con los formatos establecidos por el Comité Andino de Autoridades de Transporte Terrestre, dentro de un término máximo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha en que se presente completa la documentación exigida en este Decreto.
Los Anexos I y II del certificado de idoneidad y del permiso de prestación de servicios contendrán respectivamente, la relación de los vehículos habilitados y los tráficos a servir.