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Artículo 23

Funciones Del Laboratorio De Referencia: 1

Decreto 1917 de 1994 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 1298 de 1994, en cuanto a los requisitos y condiciones técnico-sanitarias para el funcionamiento, acreditación y licenciamiento de Laboratorios Clínicos y de Salud Pública y se dictan otras disposiciones sobre la materia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del laboratorio de referencia

1.

Dar asistencia técnica a los laboratorios de su zona de influencia en la implantación de nuevas técnicas.

2.

Entrenar al personal en la forma de toma y envío de las muestras.

3.

Mantener constante un sistema de control de calidad en reactivos, equipos, técnicas y personal.

4.

Colaborar en el estudio, para ratificar datos y resultados, de muestras cuyo análisis e interpretación sean dudosos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1917 de 1994