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Artículo 5

Ley 27 de 1926 · por la cual se organiza el Laboratorio Samper - Martínez y se señalizan unos sueldos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de estos empleados habrá en el Laboratorio los Jefes de trabajos, Ayudantes Técnicos, Vacunadores, Sirvientes y demás personal que se necesite para la buena marcha del establecimiento. El Director General del Laboratorio, de acuerdo con el Director Nacional de Higiene y Asistencia Pública, señalará el número de esos empleados, según las necesidades del establecimiento y señalará las asignaciones que devenguen, las cuales se someterán a la aprobación del Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas. Los empleados de que trata este artículo son de libre nombramiento y remoción del Director General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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