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Artículo 13

Aplicación Del Decreto

Decreto 1416 de 1990 · por el cual se dictan normas relativas a la organización y establecimiento de las modalidades y formas de participación comunitaria en la prestación de servicios de salud.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aplicación del Decreto. Para los efectos de la debida y pronta aplicación de las disposiciones del presente Decreto, corresponde

1.

Al Ministerio de Salud: Divulgar y promover sus disposiciones así como asesorar, apoyar y vigilar su aplicación en los diferentes niveles administrativos.

2.

A las Direcciones Seccionales y Locales y Juntas Directivas de los organismos o entidades de salud: Impulsar la aplicación de las normas de este Decreto, mediante la designación de los funcionarios que sean indispensables y la realización de actividades de divulgación, asesoría, promoción y capacitación, tendientes a la organización y puesta en funcionamiento de los Comités de Participación Comunitaria, Juntas Directivas, Juntas Administradoras Provisionales y Consejos Comunitarios Locales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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