Adiciónese un numeral al artículo 6.15.1.1.2. del Decreto 2555 de 2010 y renumérese el numeral 7 del mismo artículo, así: “7. Las realizadas por una cámara de riesgo central de contraparte, conforme a lo previsto en el
del artículo 2.13.1.1.1. del presente decreto. 8. Las demás que autorice la Superintendencia Financiera de Colombia mediante acto administrativo de carácter particular o general”.