º Si por razón de la incorporación, un funcionario no obtuviere un incrementó en la remuneración actual del 8% si el cargo pertenece a los niveles Auxiliar o Asistencial y del 4% si perteneciere a los niveles Técnico o Ejecutivo, tendrá derecho a la remuneración que viene percibiendo, incrementada en lo que falta para completar estos porcentajes.
La prima de antigüedad será la del gradó que corresponda al cargo al cual haya sido incorporado, prima que se adicionará a la remuneración a que tenga derecho según lo previsto en este artículo: