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Artículo 1

Ley 78 de 1910 · por la cual se abren varios créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Abrase al Presupuesto de gastos de la vigencia económica de 1910 los siguientes créditos adicionales, por la suma de cuarenta mil pesos, con la siguiente imputación:

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS

Edificios Nacionales.

DEPARTAMENTO DE FOMENTO

Artículo 535. Para construcción y conservación de caminos carreteras y puentes, así:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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