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Artículo 1

ª

Decreto 618 de 2002 · por el cual se introducen algunas modificaciones al Decreto 2800 de 2001, por el cual se adoptó el Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ª. Se introducen las siguientes modificaciones en las subpartidas señaladas, que en consecuencia quedarán con el código, descripción y gravamen que a continuación se indican: Código Designación de la mercancía Grav. % 18.06 20 - Las demás preparaciones, en bloques o barras con peso superior a 2 kg, o en forma líquida, pastosa, en polvo, gránulos o formas similares, en recipientes o envases inmediatos con un contenido superior a 2 kg: 00.10 --Sin adición de azúcar, ni otros edulcorantes 20 00.90 --Las demás 20 - Los demás, en bloques, tabletas o barras: 31 --Rellenos: 00.10 --- Sin adición de azúcar, ni otros edulcorantes 20 00.90 --- Los demás 20 32 --Sin rellenar: 00.10 --- Sin adición de azúcar, ni otros edulcorantes 20 00.90 --- Los demás 20 90 - Los demás: 00.10 --Sin adición de azúcar, ni otros edulcorantes 20 00.90 --Los demás 20 29.24 - Amidas acíclicas (incluidos los carbamatos) y sus derivados; sales de estos productos: 11.00.00 -- Meprobamato (DCI) 5 19.00.00 -- Los demás 0 29.31 - Los demás: 00.91.00 --Que contengan un átomo de fósforo unido a un grupo metilo,etilo, n-propilo o isopropilo, sin otros átomos de carbono 0 00.99.00 --Los demás 0 3808.10.92.00 ---A base de permetrina o cipermetrina o demás sustitutos sintéticos del piretro 10 3817.0020.00 - Mezclas de alquilnaftalenos 5 48.02 - Los demás papeles y cartones, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10% en peso del contenido total de fibra: 54.00.00 --De peso inferior a 40 g/m 2 15 55 --De peso superior o igual a 40 g/m 2 pero inferior o igual a 150 g/m 2 , en bobinas (rollos): 00.10 --- Papeles de seguridad para billetes 5 00.20 --- Otros papeles de seguridad 5 00.90 --- Los demás 15 56.00.00 --De peso superior o igual a 40 g/m 2 pero inferior o igual a 150 g/m 2 , en hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o igual a 297 mm, sin plegar 20 57 --Los demás, de peso superior o igual a 40 g/m 2 pero inferior o igual a 150 g/m 2 : 00.10 --- Papeles de seguridad para billetes 5 00.20 --- Otros papeles de seguridad 5 00.90 --- Los demás 15 58.00.00 --De peso superior a 150 g/m 2 15 - Los demás papeles y cartones, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior al 10% en peso del contenido total de fibra: 61 --En bobinas (rollos): 00.10 --- Con gramaje inferior a 40 g/m 2 , que cumpla con las demás especificaciones de la Nota 4 del Capítulo 0 00.90 --- Los demás 15 62.00.00 --En hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o igual a 297 mm, sin plegar 20 69.00.00 --Los demás 15 87.03 32 -- Decilindrada superior a 1.500 cm 3 pero inferior o igual a 2.500 cm 3 : 00.10 --- Camperos 35 00.90 --- Los demás 35 87.05 90 - Los demás: 10 -- Coches barredera, regadores y análogos para la limpieza de vías públicas: 10 --- Coches barredera 5 90 --- Los demás 15 89.06 90 - Los demás: 10.00 -- De registro inferior o igual a 1.000 t 10 90.00 -- Los demás 5

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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