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Artículo 1

Ley 64 de 1986 · Por medio de la cual se aprueba el "Convenio Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Corea", hecho en Seúl el 31 de mayo de 1985

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apruébase el "Convenio Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Corea", hecho en Seúl el 31 de mayo de 1985, cuyo texto es: CONVENIO COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COREA El Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Corea que en lo sucesivo se denominarán las Partes Contratantes. Reconociendo las amistosas relaciones existentes entre sus dos países y sus gentes, Deseando desarrollar y fortalecer las relaciones comerciales, y Percatándose de los intereses y beneficios comunes que resulten de estas relaciones, Han convenido en lo siguiente:

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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