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Artículo 2

Créase El Puesto De Segundo Ingeniero De Construcción De La Prolongación Del Ferrocarril Del Norte, Encargado De La Sección De Los Trabajos Hacia Tunja, Con La Asignación Mensual De $ 180

Decreto 772 de 1922 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en relación con los trabajos de prolongación del ferrocarril del Norte

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créase el puesto de segundo Ingeniero de Construcción de la prolongación del ferrocarril del Norte, encargado de la sección de los trabajos hacia Tunja, con la asignación mensual de $ 180.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 772 de 1922