Artículo tercero. A partir de 1964 funcionará en el Colegio Mayor de Cultura Femenina de Cundi-namarca, la Escuela Superior de Contaduría, cuyo plan de estudios será el señalado en el Decreto 2116 de agosto primero de 1962, o el que en el futuro se establezca para modificar o substituir éste.
Las alumnas que cursan y aprueben. todas las asignaturas del plan de estudios con las intensidades horarias señaladas, y una calificación no inferior al 60%, tendrán derecho a presentar la tesis de grado que exige el artículo 3° del Decreto número 2116 de 1962 para optar el título de Contador Público, el cual será válido para los efectos del inciso a) del artículo 5° de la Ley 145 de 1960.