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Artículo 100

El Empleado Que Omitiere Anular Perfectamente Las Estampillas Que Se Adhieran A Los Boletines De Expedición, Pagará Una Multa De Uno A Cien Pesos ($ 1 A $ 100), A Juicio Del Ministerio De Correos Y Telégrafos

Decreto 85 de 1927 · Por el cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del interior

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El empleado que omitiere anular perfectamente las estampillas que se adhieran a los boletines de expedición, pagará una multa de uno a cien pesos ($ 1 a $ 100), a juicio del Ministerio de Correos y Telégrafos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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