Comité de precios internos del café. Los precios internos del café para las compras que realice la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia con recursos del Fondo Nacional del Café se señalarán por un Comité integrado por los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Agricultura y por el Gerente de la Federación Nacional de Cafeteros.
Este mismo Comité adoptará medidas que faciliten la compra del café de los pequeños y medianos productores directamente por la Federación, o por las Cooperativas de Caficultores, con el objeto de que los precios que se fijen para tales operaciones los beneficien efectivamente.