JurídicoESEN

Artículo 1

º

Decreto 1067 de 1999 · por el cual se adopta el presupuesto inicial del Banco Agrario de Colombia S.A.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Adóptase como presupuesto estimado de ingresos y egresos inicial del Banco Agrario de Colombia S.A., el que a continuación se detalla: Miles $ INGRESOS FINANCIEROS 357.479.755 Intereses y descuento amortizado 258.303.399 Inversiones 28.673.661 Cartera de créditos 229.629.738 Comisiones 20.434.625 Intereses por Cta. por cobrar con caja a liquidar 72.747.926 Otros ingresos operacionales 5.993.825 EGRESOS FINANCIEROS 176.373.723 Intereses 174.273.723 Depósitos y exigibilidades 113.313.336 Cred. de bancos y o financiac. 60.960.387 Fondos interb., repos. y otros 0 Contribución sobretransacciones 2.100.000 Comisiones MARGEN FINANCIERO BANCARIO 181.106.052 ADMINISTRATIVOS BANCARIOS 120.020.665 GASTOS DE PERSONAL 63.596.521 Sueldos 40.759.040 Prestaciones sociales 18.190.760 Aportes parafiscales 3.668.314 Indemnizaciones y bonificaciones 978.408 GASTOS ADMINISTRATIVOS 56.424.144 Honorarios 2.228.511 Impuestos, contribuciones y seguros 11.491.782 Arrendamientos 7.887.176 Mantenimiento y adecuac. Oficinas 2.096.366 Depreciación 8.077.917 Amortizaciones 1.932.058 Aseo y vigilancia 3.529.167 Serv. Temporales 504.583 Gastos de viaje 1.651.417 Transporte 6.107.500 Otros administrativos 10.917.667 MARGEN OPERACIONAL 61.085.387 Ingresos no operacionales 2.000.000 Ing. no Operac-Vta de activos Otros ing. no operacionales 2.000.000 Egresos no operacionales 14.333.000 Sanciones Superbancaria Apalancamiento Otras multas y sanciones Otros egresos no operacionales 14.333.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1067 de 1999