JurídicoESEN

Artículo 24

Es Absolutamente Prohibido A Los Cajeros De Los Lazaretos Dar A Las Sumas Destinadas Para Raciones De Enfermos Una Inversión Distinta

Decreto 291 de 1922 · Por el cual se reglamenta la Ley 53 de 1921, "sobre impuestos para los Lazaretos".

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es absolutamente prohibido a los Cajeros de los Lazaretos dar a las sumas destinadas para raciones de enfermos una inversión distinta. El Cajero que contravenga a esta disposición perderá el empleo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 291 de 1922