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Artículo 74

Las Juntas Directivas De Las Empresas Descentralizadas Del Distrito Dictarán Los Estatutos De Las Respectivas Empresas Y Sus Reformas, Los Cuales Deberán Ser Aprobados Por Decreto Del Alcalde Mayor De Bogotá, Y Elevados A Escritura Pública

Decreto 3133 de 1968 · por el cual se reforma la organización administrativa del Distrito Especial de Bogotá.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Juntas Directivas de las empresas descentralizadas del Distrito dictarán los estatutos de las respectivas empresas y sus reformas, los cuales deberán ser aprobados por decreto del Alcalde Mayor de Bogotá, y elevados a escritura pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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