Articulo 23. Son funciones del Grupo de Encuestas Laborales
Adelantar encuestas en los lugares de trabajo, para detectar la situación laboral y de seguridad social de los trabajadores;
Rendir informes periódicos sobre la situación encontrada en los sitios de trabajo, a la Sección de Visitaduría del Trabajo, y
Elaborar cuadros estadísticos sobre las encuestas realizadas y producir informes comparativos sobre la situación encontrada.