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Artículo 12

Decreto 1678 de 2016 · por el cual se modifica la estructura de Positiva Compañía de Seguros S. A.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vicepresidencia Técnica: Son funciones de la Vicepresidencia Técnica, las siguientes

1.

Definir las políticas y estrategias de la Compañía en materia de actuaría, reaseguros, siniestros, y suscripción de los seguros comercializados por la Compañía.

2.

Negociar y administrar los contratos de reaseguros en los ramos que la Compañía comercialice, con el fin de proteger adecuadamente el patrimonio de la Compañía.

3.

Verificar que el cálculo y registro de las reservas matemáticas y técnicas para las pólizas expedidas y la atención de los siniestros ocurridos, se adelante bajo la normativa vigente.

4.

Verificar que el proceso de emisión y administración de las pólizas de vida y rentas, se adelante atendiendo a las políticas de suscripción y procedimientos establecidos para el efecto.

5.

Impartir los lineamientos para asegurar la cobertura en la prestación de los servicios asistenciales solicitados y el reconocimiento de las prestaciones económicas, atendiendo a procedimientos y la normatividad vigente.

6.

Dirigir el proceso de selección, monitoreo y evaluación de la red de prestación asisten­cial y de auditores para la Compañía, con base en la normativa y procedimientos vigentes.

7.

Impartir lineamientos y especificaciones técnicas relacionadas con la materia de competencia de esta dependencia para ser ejecutadas por las Gerencias Sucursales.

8.

Participar en el proceso de identificación, medición y control de riesgos operativos relacionados con los procesos que se desarrollan en la Vicepresidencia.

9.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.

10.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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