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Artículo 2

Corresponde Al Ministerio De Defensa Nacional, Por Intermedio Del Departamento A-3 (Operaciones) Del Comando De La Fuerza Aérea Colombiana, Conceder Los Permisos De Sobrevuelo Y De Sobrevuelo Y Aterrizaje Extranjeras Del Estado Sobre El Territorio Nacional, Incluidas Las Aguas Territoriales Y El Espacio Aéreo O Atmosférico Nacional

Decreto 494 de 1968 · Por el cual se reglamenta el sobrevuelo y el sobrevuelo y aterrizaje de aeronaves militares, aduaneras y de policía extranjeras en el territorio nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Corresponde al Ministerio de Defensa Nacional, por intermedio del Departamento A-3 (Operaciones) del Comando de la Fuerza Aérea Colombiana, conceder los permisos de sobrevuelo y de sobrevuelo y aterrizaje extranjeras del Estado sobre el territorio nacional, incluidas las aguas territoriales y el espacio aéreo o atmosférico nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 494 de 1968