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Artículo 3

Ley 37 de 1981 · por la cual se declara una amnistía condicional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La persona que desea acogerse al beneficio de amnistía deberá presentarse ante cualquier autoridad política, judicial, militar, diplomática o consular dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la vigencia de esta Ley, y hacer entrega de las armas, municiones y explosivos que tuviere con la manifestación expresa e individual de cesar su participación en los hechos punibles a que se refiere la norma anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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