° Los funcionarios que sean incorporados como consecuencia de la reestructuración de la Superintendencia Nacional de Salud, devengarán el salario que les correspondía en la anterior planta de personal hasta el día en que tomen posesión en la nueva planta que se adopta en el artículo segundo del presente Decreto.
Las incorporaciones a la planta de personal, así como la posesión en el nuevo cargo deberán realizarse en el término de quince (15) días, contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto.