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Artículo 2

Para Tomar Posesión Del Cargo, El Designado Deberá Acreditar Ante La Superintendencia De Notariado Y Registro, La Documentación De Ley

Decreto 570 de 2009 · por el cual se corrige el Decreto número 122 de 16 de enero de 2009.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para tomar posesión del cargo, el designado deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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