JurídicoESEN

Artículo 32

Subcuenta De Subsidios De Los Fondos De Salud

Decreto 1298 de 1994 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema General de Seguridad Social en Salud

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subcuenta de Subsidios de los Fondos de Salud. Los recursos que destinen las Direcciones Seccionales, Distritales y Locales de Salud al régimen de subsidios en salud y aquellos contemplados en el artículo 152 del presente Estatuto para el mismo fin, se manejarán como una cuenta especial, aparte del resto de recursos dentro del respectivo Fondo Seccional, Distrital y Local de Salud. CAPITULO II. COMPETENCIAS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1298 de 1994