JurídicoESEN

Artículo 1

Decreto 1962 de 1931 · Por el cual se hacen algunos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1931

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones del año fiscal de 1931:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO

PUBLICO

CAPITULO 27

Salinas Marítimas.

Personal y material.

Del artículo 97. Para personal y material de las Salinas Marítimas y sus resguardos $80,000

Así: al

CAPITULO 24

Aduanas y Resguardos.

Artículo 89. Para sueldos del personal de Aduanas. $ 58,000

CAPITULO 33

Gastos varios.

Artículo 155. Para los gastos de la administración del muelle de La Machina 22,000

Sumas iguales $ 80,000. 80,000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1962 de 1931