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Artículo 8

El Despacho Para El Consumo De Las Mercancías De Que Trata Este Decreto, Se Regulará Conforme A Lo Previsto En El Decreto 2666 De 1984, En Especial Los Artículos 1º, 7º Y 242 Al 251

Decreto 1282 de 1987 · Por el cual se reglamenta los artículos 11 y 13 del Decreto legislativo número 3830 de 1985

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El despacho para el consumo de las mercancías de que trata este Decreto, se regulará conforme a lo previsto en el Decreto 2666 de 1984, en especial los artículos 1º, 7º y 242 al 251.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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