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Artículo 3

Las Partidas Arancelarias 1507

Decreto 255 de 1992 · por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3º. Las partidas arancelarias 1507.90.00.00 y 2930.90.90.90 tendrán los desdoblamientos descripción y gravamen que a continuación se indican: Partida Descripción Gravamen % 1507.90 Los demás: 00.10 Con adición de sustancias desnaturalizantes en una proporción inferior o igual al 1% 15 00.90 Los demás 20 2930.90.90 Los demás: 91 Sales, ésteres y derivados de la metionina 5 99 Los demás 5

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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