º La resolución de convocatoria será expedida para cada concurso por el Ministro de Relaciones Exteriores y en ella se determinarán entre otros aspectos, los siguientes
La forma de inscripción;
Las fechas de cada etapa del proceso;
Las condiciones morales, mentales y físicas indispensables para el servicio;
Las clases, modalidades, materias, temas y carácter eliminatorio de las pruebas, dentro de las cuales obligatoriamente se incluirá el conocimiento de una lengua viva de uso diplomático, distinta al castellano.