Cuando no hubiere estipulación previa honorarios, la parte defendida o representada podrá pedir en cualquier tiempo que se retasen por el Juez de la causa los que exige el abogado, y lo mismo podrá hacer el todo caso la parte condenada en costas respecto de los honorarios del abogado de la contraparte.
Este derecho de la parte condenada en costas deberá ejercitarse dentro de los diez días hábiles que sigan a la notificación del auto que fija las costas.