De todas las decisiones que tengan lugar en la Junta Directiva se dejará constancia en acta que autorizaran con su firma el Presidente de la reunión y el Secretario de la Junta Directiva. Las decisiones de la Junta Directiva se denominaran Acuerdos.
Los acuerdos se numerarán sucesivamente, con indicación del día, mes y año en que se expide y estarán bajo la custodia del Secretario de la Junta, lo mismo se hará en relación con las actas.