º. Prorrogar el plazo dispuesto para adelantar el proceso de liquidación de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición en Liquidación, establecido en el artículo 15 del Decreto 1776 de 2022, por tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto.
En el evento que los procesos que sustentan la prórroga establecida en el artículo 1º de este decreto, puedan concluirse antes del término señalado, el Liquidador procederá al cierre inmediato de la liquidación.