A partir del día primero (1°) del mes de abril del corriente año, hácese la siguiente creación en el personal del Ramo de Telégrafos.del Ministerio de Correos y Telégrafos
Departamento del Chocó.
Palmar.
Parágrafo
El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará al Capítulo 98, articulo 2003 del 'Presupuesto vigente.