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Artículo 1428

, Del Presupuesto Vigente

Decreto 1335 de 1944 · Por la cual se crea una plaza en el personal del ramo de Telégrafos y se restablece a un empleado, en el Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Hácese la siguiente creación en el personal del ramo de Telégrafos, del Ministerio de Correos y Telégrafos : Inspecciones de Zonas. Un Chofer, al servicio de remonta de telégrafos, con asignación mensual de $ 90.00 y restablécese en dicho cargo al señor Luis Alejandro Salcedo.

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento del presente artículo se imputará al capítulo 77, artículo 1428, del Presupuesto vigente. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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