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Artículo 3

Escuela De Dibujo Y Grabado

Ley 67 de 1882 · Por la cual se establece en la capital de la República un "Instituto de Bellas Artes"

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1882 á 1883, se incluirán las siguientes partidas para el sostenimiento del Instituto nacional de Bellas Artes, á saber: Escuela de Dibujo y Grabado.Personal-Contratos vigentes$4,000Material2,000Escuela Vásquez.Personal-Director1,500Dos Ayudantes720Material300Escuela Arrubla de ArquitecturaMaterial200Escuela Guarín de Música.Personal-Direccion y Profesores3,000Material-Adquisicion de instrumentos1,000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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