Elementos de animación. Los aficionados tienen derecho a ingresar al escenario deportivo los elementos de animación que hayan sido previamente autorizados por la respectiva comisión local de seguridad, comodidad y convivencia, los cuales deben estar expresos en los protocolos de seguridad y convivencia establecidos en el Capítulo 3 del presente Título.
(Decreto 1007 de 2012, artículo 10)