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Artículo 5

Los Actuales Empleados Que Fueren Designados En Cargos Con Sueldos Inferiores A Los Que Están Devengando, En El Momento De Incorporarse A La Planta Establecida En El Presente Decreto, Continuarán Percibiendo El Sueldo Anterior Hasta Cuando Se Retiren O Pasen A Otro Cargo, Pero Las Primas De Antigüedad Se Computarán, Sobre Los Sueldos De Ingreso

Decreto 1907 de 1973 · Por el cual se suprimen unos cargos en la Planta de Personal del sector central del Ministerio de Educación Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los actuales empleados que fueren designados en cargos con sueldos inferiores a los que están devengando, en el momento de incorporarse a la Planta establecida en el presente Decreto, continuarán percibiendo el sueldo anterior hasta cuando se retiren o pasen a otro cargo, pero las primas de antigüedad se computarán, sobre los sueldos de ingreso. Cuando el cargo quede vacante, la persona que entre a ocuparlo, recibirá el sueldo señalado en esté Decreto:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1907 de 1973